La nueva normativa no solo dice por
dónde circular: La Policía podrá retirar una bicicleta estacionada en
un aparcabicis si lleva más de siete días o si lleva dos candada a una
farola
27.01.14 -S. CARRACEDO | VITORIA elcorreo.com
Vitoria estrenó ordenanza de bicicletas el pasado
martes. Entraron por tanto en vigor una serie de normas
que modificarán los desplazamientos en bicicleta por las calles de la
ciudad. A la espera de que el Consistorio publique los horarios para
poder transitar por el centro peatonal de Vitoria hay otros pequeños
detalles que afectarán al día a día de los ciclistas vitorianos.
Es el caso de la retirada de las bicicletas de
la vía pública. La Policía Local podrá retirar una bici de la calle si
lleva más de dos días aparcada en un "espacio no acondicionado" para
ella o si lleva siete días estacionada en un aparcabicis. Además, los
agentes también la podrían retirar si consideran que está abandonada,
para lo cual debería estar sin ruedas, "con el mecanismo de tracción
inutilizado" o en un "estado evidente" de abandono. Ante estas
situaciones, la autoridad municipal podrá eliminar "sus amarres" y
llevarla al depósito municipal, cuyos gastos correrán a cargo del
propietario de la misma.
El crecimiento de la superficie de Vitoria en los
últimos 15 años ha provocado un aumento de los desplazamientos en
bicicleta que antes se hacían a pie, según recoge la exposición de
motivos de la propia ordenanza. Por ello, con la movilidad urbana
sostenible como principio, el Ayuntamiento ha querido regular estos
desplazamientos en los que el transporte colectivo, el caminar y la
bicicleta son las "formas de movilidad preferentes".
Por ello, la ordenanza aconseja a los usuarios de la bicicleta circular "preferiblemente" por las vías ciclistas
en el caso de que existan. Aunque pueden hacerlo también por la
calzada. En las vías ciclistas ('carril-bici protegido', 'acera-bici',
'pista-bici' y 'senda ciclable') los ciclistas deben circular a una
velocidad "moderada", con la "debida precaución" y respetar la prioridad de paso de los peatones en
los cruces señalizados. Además, recomienda extremar la precaución ante
una posible irrupción de personas y, especialmente, de niños y de
personas con diversidad funcional.
Vías exclusivas para ciclistas
Por otra parte, los carriles-bici no separados del
tráfico serán utilizados "exclusivamente" por ciclistas o patinadores
mayores de edad o menores en compañía de un adulto. En el caso de los patinadores deberán
ir protegidos con casco homologado y con elementos reflectantes
visibles y, en caso de existencia de visibilidad reducida, "con luces de
posición".
Cuando las bicicletas circulen por las calzadas de
Vitoria deberán hacerlo "preferiblemente" por el carril de la derecha,
pudiendo ocupar la parte central del mismo. Aunque podrán circular por
otro carril cuando sea necesario para llegar a su destino. También está
permitida la circulación de bicicletas en paralelo o en columna de a dos.
Por otra parte, en los semáforos,
las bicis podrán rebasar a los demás vehículos, siempre que exista
espacio suficiente para avanzar entre ellos, para posicionarse "de
manera segura" en una zona señalizada junto a la línea de detención,
para así "aprovechar su mayor agilidad en la puesta en marcha".
Pero los movimientos en bici por la ciudad también
tendrán sus restricciones. La normativa prohíbe la circulación de
bicicletas por carriles reservados para el transporte público (bus y
tranvía), aunque el Ayuntamiento podrá permitirla mediante su
señalización.
Prohidas las aceras y zonas peatonales
Como norma general, la ordenanza "prohíbe la circulación de bicicletas por espacios peatonales",
aunque por algunos de ellos en "ciertas franjas horarias" la Alcaldía
podría permitirla "de acuerdo a criterios de seguridad y compatibilidad
con la movilidad peatonal y la calidad estancial del espacio público".
Por el resto de aceras de Vitoria, si la zona
peatonal tiene más de 3 metros de anchura "libre de obstáculos", podrán
circular bicicletas siempre que no haya en esa calle una vía ciclista.
También está permitido que los menores de 14 años o personas con
movilidad reducida vayan con sus bicis por las aceras, incluso
acompañados de "una o más personas adultas".
En todo caso, por las aceras, los ciclistas
deberán extremar la precaución, respetar la prioridad de los peatones,
adecuar la velocidad y evitar quiebros o maniobras bruscas. También
deberán mantener una distancia de al menos un metro con respecto a los
peatones y cuando cuando esto no sea posible o la densidad peatonal no
lo permita, deberán apearse de la bicicleta.
En las aceras con edificios los ciclistas deberán mantener una
distancia de, al menos, un metro y medio con la línea de fachada
Además, la normativa permite transportar carga y
personas si quien conduce es mayor de edad y la bicicleta o el ciclo
está construido para ello. También en un asiento homologado si se lleva a
un menor de hasta siete años. También regula que el transporte de
personas, carga o ciclos publicitarios no deberá comprometer la
seguridad del ciclista, peatones u otros vehículos y de manera que no
oculte los dispositivos de alumbrado o de señalización óptica. En este
sentido está permitida la utilización en las bicicletas de remolques,
semirremolques u otros elementos debidamente homologados, para el
transporte de personas o de carga. Aunque para el servicio de transporte
de personas en ciclos y bicicletas la Alcaldía lo regulará mediante el
correspondiente Decreto.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por participar y ánimo con la información a ciclistas y peatones