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miércoles, 8 de octubre de 2014

Dénia prohíbe la circulación de bicis, patines y monopatines por aceras y calles peatonales

El ayuntamiento modifica la ordenanza de tráfico, que contempla sanciones de 50 euros por la circulación de estos vehículos sin motor por lugares no permitidos
  • La normativa se adapta además a la nueva legislación y establece el uso obligatorio del casco en las bicicletas en todo el casco urbano a los menores de 16 años
El Ayuntamiento de Dénia ha decidido, al menos sobre el papel, poner orden en la convivencia entre peatones, tráfico rodado, ciclistas y usuarios de patines, monopatines y artilugios similares. El último pleno aprobó una modificación de la ordenanza de tráfico propuesta por el intendente principal de la Policía Local, José Martínez Espasa, con la que se adapta la normativa a la nueva legislación estatal y, de paso, se restringe la circulación de vehículos sin motor a los espacios autorizados.

Una mujer transita en bicicleta este lunes por el centro de Dénia.
Una mujer transita en bicicleta este lunes por el centro de Dénia.

Lo más novedoso es la regulación que hace la ordenanza en relación a la circulación de bicicletas y de otros vehículos sin motor, como los “monopatines, patines o aparatos similares”.

En lo referente a las bicicletas, por un lado se adapta la normativa a lo que establece la Ley de Tráfico tras la modificación introducida este año. En este sentido, se establece la obligación de utilizar casco protector en las vías urbanas para todos los usuarios de bicicletas menores de 16 años. Además, para todos los usuarios, será obligatorio el empleo de timbre, y también el de luces y elementos reflectantes en condiciones de poca visibilidad (por la noche, al atravesar un túnel o un paso inferior o en condiciones meteorológicas adversas).

Pero además de incorporar estas normas en adaptación a la legislación estatal, la nueva ordenanza aprovecha para facilitar la convivencia entre los vehículos sin motor, peatones y tráfico rodado, con una exhaustiva regulación de las normas a emplear por ciclistas y usuarios de patines, monopatines, patinetes,…

En el caso de las bicicletas, la principal novedad es que queda terminantemente prohibida su circulación por aceras y espacios peatonales. Eso sí, con una excepción: esta prohibición no rige para los menores hasta 14 años, que podrán circular por esos lugares siempre y cuando no lo hagan de manera temeraria.

En cuanto a patines, monopatines “y otros aparatos similares”, sólo se podrán emplear en zonas o vías reservadas, carriles-bici y aceras-bici.

La ordenanza incorpora un detallado cuadro de sanciones, que contempla multas de 50 euros por la circulación de bicis y patines por los lugares no permitidos.

Asimismo, la Policía Local podrá retirar todas aquellas bicicletas que permanezcan abandonadas, que dificulten la circulación o dañen el mobiliario urbano, y llevarlas hasta el depósito municipal de vehículos.

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