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sábado, 6 de agosto de 2016

ANSÓ (HUESCA) MÁS PEATONAL

El Pleno del Ayuntamiento de Ansó en la sesión celebrada el día 30 de junio de 2016, adoptó el acuerdo de aprobar definitivamente la Ordenanza Municipal de Movilidad en el Núcleo Urbano de Ansó

El conjunto urbano de Ansó (Huesca) fue declarado en 2005 Bien de Interés Cultural en la categoría de Conjunto Histórico y recientemente ha sido incluido en la lista de “Los pueblos más bonitos de España”.

Su núcleo urbano, de reducidas dimensiones, conserva la impronta de una arquitectura popular de fuerte personalidad, en un entorno de calles estrechas, objeto de una cada vez mayor atracción turística.

Durante la mayor parte del año la población residente es muy reducida, de manera que no existe ningún problema destacable de movilidad y convivencia de tráfico peatonal-rodado. Sin embargo, los problemas de circulación y de estacionamiento en el núcleo se vienen agravando en los últimos años, especialmente en los meses estivales de julio y agosto y de forma singular en algunas festividades muy señaladas (Semana Santa, Fiesta del traje ansotano -último domingo de agosto-, fiestas de Nuestra Señora del Pilar, etc.).

En estas fechas se producen situaciones conflictivas, que alteran la normal calma de la localidad, produciéndose discrepancias entre vecinos, entre propietarios de distintos negocios, entre los clientes de las casas de turismo rural y otros alojamientos, etc.

Esta condición de núcleo invadido por coches estacionados, además de dificultar el normal desenvolvimiento de la vida urbana en la localidad, impide contemplar y fotografiar con comodidad los entornos de calidad monumental y ambiental del núcleo, incide negativamente en los valores ambientales del núcleo y empeora notablemente el atractivo ambiental del entorno (belleza de su entorno urbano, núcleo peatonal, tranquilidad, etc.).

En los últimos años, se ha tratado de que los visitantes estacionen en el aparcamiento situado en la zona del barranco canalizado (barranco Arrigo) que ha sido acondicionado parcialmente como aparcamiento, pero esta medida no resulta suficiente.

El conjunto urbano se convierte, en definitiva, en un incómodo e ineficaz aparcamiento. La presente Ordenanza tiene por objetivo dotar al municipio de Ansó de un instrumento jurídico que regule la movilidad en su núcleo urbano, estableciendo los parámetros y las reglas que deberán seguirse en la localidad, contemplando ese doble escenario comentado: el de los días en los que el núcleo no tiene presión de coches, y el de las temporadas en las que el acceso al núcleo y el estacionamiento en sus calles deben tener algún grado de limitación para posibilitar una convivencia pacífica entre los habitantes y los visitantes en el núcleo de Ansó. L

La Ordenanza regula los accesos, la circulación y el estacionamiento en la zona peatonal del conjunto urbano de Ansó en dos escenarios diferenciados: un escenario de acceso libre, que será el que se aplique en la mayor parte de los días del año, y un escenario de acceso regulado, que se aplicará en los días de mayor ocupación turística.

En el escenario de acceso libre se podrá regular los sentidos de circulación obligatorios, permitiéndose el estacionamiento en el viario público en las zonas con señalización. De esta manera, se evitará la afección a las zonas de mayor interés ambiental.

En el escenario de acceso regulado, la implantación de un sistema de restricción de acceso rodado a las calles del centro del pueblo mediante un sistema de bolardos automáticos tratará de que el acceso a esta zona regulada se lleve a cabo por vehículos que cuenten con una adecuada autorización municipal. Para ello, los vehículos autorizados contarán con una tarjeta identificativa.

La Ordenanza contempla dos tipos de tarjeta: la primera autoriza la circulación y el estacionamiento en el interior de la zona de circulación regulada, mientras que la segunda únicamente autoriza la circulación para determinadas funciones, con un tiempo de estancia limitado en el interior de la zona de acceso regulado. Los vehículos que posean esta segunda tarjeta, además de poder circular en la zona de acceso regulado para realizar tareas de carga y descarga de mercancías o pasajeros, podrán estacionar en el garaje que posea su propietario, en su caso.La Ordenanza contempla asimismo autorizaciones de carácter especial.

Se prevén dos aparcamientos exteriores, denominadas Arrigo, en la zona sur del núcleo, y Narancoba, al norte del núcleo, con acceso desde la carretera HU-V-2024. Estos dos espacios deberán ser objeto de progresivas medidas de acondicionamiento interior y de mejora de las comunicaciones con el objeto de facilitar el tránsito peatonal en los itinerarios de conexión entre el núcleo y los aparcamientos.

Texto de la Ordenanza

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